Condenaron al chofer del colectivo que chocó en una caravana de hinchas de Aldosivi
Recibió dos años de prisión condicional y cuatro de inhabilitación por el choque de abril de 2023 en Mario Bravo y Bosch. La Cámara de Apelación confirmó la sentencia y rechazó los planteos de la defensa.
La Cámara de Apelación confirmó la condena contra el conductor de un colectivo que llevaba hinchas de Aldosivi y chocó de frente a un auto durante una caravana previa a un partido, en abril de 2023. La pena es de dos años de prisión de ejecución condicional, es decir que no irá a la cárcel, y cuatro años de inhabilitación para conducir.
El hecho ocurrió el 22 de abril de 2023, en la zona de Mario Bravo y Bosch, horas antes del partido entre Aldosivi y Atlanta en el Minella. El colectivo circulaba por Mario Bravo con hinchas a bordo cuando se cruzó de carril y chocó contra un Peugeot 308 que venía en sentido contrario.
El auto fue arrastrado unos 50 metros
Tras el impacto, el auto fue empujado por el colectivo durante unos 50 metros. Viajaban tres mujeres, de 56, 26 y 12 años. La conductora tuvo politraumatismos leves, la menor necesitó puntos de sutura por una herida en la nariz y la tercera sufrió una fractura de codo, con una incapacidad laboral de más de un mes.
La causa llegó a juicio y terminó resolviéndose por la vía abreviada, con un acuerdo entre la Fiscalía de Delitos Culposos y el acusado, hoy de 44 años. La calificación fue lesiones culposas por conducción antirreglamentaria, agravadas por violar la señal que indica el sentido de circulación. La sentencia fue homologada por la jueza Inés Olmedo, del Juzgado Correccional N°1.
Según la fiscalía, las lesiones no se habrían producido si el chofer no hubiera manejado un vehículo en estado irregular, sin VTV ni habilitación para transportar pasajeros, y si hubiera mantenido el control del colectivo sin invadir el carril contrario.
Los argumentos de la defensa y la respuesta de los jueces
Aunque la condena surgió de un acuerdo, la defensa, a cargo de Carla Ostachi, apeló y pidió revisar la sentencia e incluso la absolución. Sostuvo que el chofer cumplió con lo que se le exigía como conductor, que la falta de VTV era responsabilidad de la dueña del colectivo y que no pudo evitar el choque porque la unidad sufrió una falla mecánica y se quedó sin frenos.
La sala I de la Cámara, integrada por Leandro Favaro y Gastón de Marco, descartó esos planteos. Los jueces coincidieron en que la renovación de la VTV era responsabilidad directa de la propietaria y que eso contribuyó al resultado, aunque no formaba parte de la imputación original. Pero aclararon que eso «no transforma la conducción del acusado en reglamentaria», porque las condiciones de seguridad son un deber compartido que también alcanza al conductor. Señalaron además que la fiscalía no avanzó en la investigación contra la dueña.
Los magistrados remarcaron que fue el chofer quien puso en circulación un vehículo «no habilitado al tráfico» y lo describieron como «un conductor profesional y experimentado, que había manejado ese vehículo en anteriores oportunidades y que tenía conocimiento de que no se encontraba técnicamente habilitado para circular».
También rechazaron que pudiera ampararse en lo que le dijo la propietaria sobre la habilitación de la unidad: «hubiera bastado acercarse al parabrisas del vehículo y observar la oblea vencida para cerciorarse de que no era cierto». Y concluyeron que decidió manejar un vehículo de gran porte, con muchas personas a bordo, sabiendo que no tenía la verificación técnica, lo que generó «un riesgo no permitido».


